Se entiende por copyright el conjunto de normas jurídicas
que reconocen y protegen los derechos de los autores
sobre las obras que crean. En particular, los derechos
denominados patrimoniales (es decir, los derechos relacionados
con la reproducción, distribución, comunicación
pública y transformación de las obras).
Por defecto, y salvo indicación contraria, una obra con un
mínimo de originalidad está sujeta a copyright, de forma
que terceras personas tienen prohibida, salvo permiso
expreso del autor, su difusión, transformación, etc.
Una obra pasa al dominio público (es decir, cualquier
persona puede tomar una obra y transformarla) cuando
los derechos patrimoniales expiran. El derecho europeo
contempla que las obras pasan al dominio público 70
años tras la muerte del autor de la obra.
Es importante diferenciar entre copyright y registro: el
registro implica un acto administrativo que declara autor
de una obra a un sujeto jurídico particular. Eso no quiere
decir que las obras no registradas no estén exentas de
protección: por ser resultado de un proceso creativo están
sujetas a copyright.
Enlace de interés: http://wikis.fdi.ucm.es/ELP/images/2/25/TripticoELP.pdf
Enlace de interés: http://wikis.fdi.ucm.es/ELP/images/2/25/TripticoELP.pdf
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