Se entiende por copyright el conjunto de normas jurídicas que reconocen y protegen los derechos de los autores sobre las obras que crean. En particular, los derechos denominados patrimoniales (es decir, los derechos relacionados con la reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de las obras). Por defecto, y salvo indicación contraria, una obra con un mínimo de originalidad está sujeta a copyright, de forma que terceras personas tienen prohibida, salvo permiso expreso del autor, su difusión, transformación, etc. Una obra pasa al dominio público (es decir, cualquier persona puede tomar una obra y transformarla) cuando los derechos patrimoniales expiran. El derecho europeo contempla que las obras pasan al dominio público 70 años tras la muerte del autor de la obra. Es importante diferenciar entre copyright y registro: el registro implica un acto administrativo que declara autor de una obra a un sujeto jurídico particular. Eso no quiere decir que las obras no registr
En nuestro rol docente la implementación de nuevas tecnologías hoy en día es cada vez mayor, y más en instituciones en las laboramos hoy en día donde optamos por una alta acreditación institucional como la universidad del Tolima y el SENA donde interactuamos con tecnología a diario, pero personalmente creo que es fundamental llevar inmerso en la pedagogía tradicional si no se ha variado la postura de que el profesor tiene la respuesta y se le pide al alumno que la reproduzca. En una sociedad en la que la información ocupa un lugar tan importante es preciso cambiar de pedagogía y considerar que el alumno inteligente es el que sabe hacer preguntas y es capaz de decir cómo se responde a esas cuestiones. La integración de las tecnologías así entendidas sabe pasar de estrategias de enseñanza a estrategias de aprendizaje. Como ya hemos dicho, la idea de que la tecnología desplaza a los docentes está superada y, al contrario, cada vez resulta más claro que la utilización de las nuevas t